top of page

Trabajadores con rentas de 4ta y 5ta podrán solicitar devolución de impuestos

  • IGPP
  • 27 feb 2018
  • 2 Min. de lectura

Los trabajadores con rentas de 4ta categoría (recibos por honorarios) y 5ta categoría (en planilla) podrán solicitar a SUNAT la devolución de impuestos, en caso les corresponda.


Explicó que al tradicional trámite anual que realizan los trabajadores con rentas de 4ta, ahora se sumarán por primera vez los trabajadores con rentas de 5ta, pues podrán aplicar una deducción adicional de 3 UIT (S/ 12,150 en base a la UIT del 2017) al momento de calcular su pago de Impuesto a la Renta (IR) correspondiente al ejercicio 2017.


TRÁMITE Todo el proceso se realizará online a través de la “Plataforma de deducción de gastos de personas naturales” habilitado por Sunat.


Para ingresar a la plataforma, se debe contar con la clave SOL.


Está disponible en la plataforma del la SUNAT el formulario de Declaración Jurada de Personas Naturales 705, el cual deberá ser llenado para luego presentar la solicitud de devolución de impuestos.


Al ingresar a esta plataforma, el sistema de Sunat ya debe tener cargado las rentas y gastos aplicables para deducción de la persona.


Un vez que el sistema indique que hubo un cobro de impuestos en exceso, se podrá activar la solicitud de devolución, la cual se hará efectiva por Sunat en un plazo máximo de 45 días. Para tener más información sobre el trámite a seguir puede hacer click en el siguiente manual de Sunat.


Sustento La deducción adicional de 3 UIT aplicará –tanto para trabajadores con rentas de 4ta y/o 5ta- siempre y cuando puedan sustentar gastos en cinco rubros.

Estos son:

  • El pago por alquiler de un inmueble. Se deducirá el 30% del pago de alquiler.

  • Los intereses de un crédito hipotecario tomado en la compra de una primera vivienda.

  • Los honorarios profesionales de médicos y odontólogos por servicios de renta de cuarta categoría. Se deducirá el 30% del pago de estos servicios.

  • Las aportaciones a EsSalud por la contratación de un trabajador del hogar.

  • El pago de servicios de profesiones y oficios vías rentas de cuarta categoría (recibos por honorarios).


Se deducirá el 30% del pago realizado. Para conocer la lista de profesiones u oficios cuyos pagos servirán para aplicar la deducción , lo cuales son :

Las profesiones y oficios cuyos pagos otorgarán derecho a la deducción de gastos son las siguientes:

  1. Abogado

  2. Analistas de sistema y computación

  3. Arquitecto

  4. Enfermero

  5. Entrenador deportivo

  6. Fotógrafo y operadores de cámara, cine y tv

  7. Ingeniero

  8. Intérprete y traductor

  9. Nutricionista

  10. Obstetriz

  11. Psicólogo

  12. Tecnólogos médicos

  13. Veterinario



Cálculo del IR

Se determina primero sumando todos los ingresos en el año y se deduce (resta) el valor de 7 UIT (S/ 28,350 para el 2017).


A esa diferencia se le aplica la tasa del IR (los trabajadores con rentas de 4ta tienen una deducción adicional del 20% de su ingreso anual).


A las 7 UIT, hora se podrá aplicar una deducción adicional de hasta 3 UIT (S/.12,150), lo cual suma una deducción total de 10 UIT.


 
 
 

Comments


Entradas destacadas
Vuelve pronto
Una vez que se publiquen entradas, las verás aquí.
Entradas recientes
Archivo
Buscar por tags

 ©  IGPP, Creado con Gino U. Córdova Livia

bottom of page